Ley 22/1973, de 21 de julio de 1.973 (BOE núm. 189, de 24 de julio de 1973)
Título Primero.- Ámbito de aplicación de la Ley y clasificación de los recursos. Art. 1 al 4.
Título II.- Acción estatal. Art.
5 al 15.
Capítulo
Primero.- Realización de estudios, recopilación de datos y
protección del medio ambiente
Capítulo II.- Zonas de reserva a favor del Estado
Título III.- Regulación de los aprovechamientos de recursos de la sección A). Art 16 al 22.
Título IV.- Regulación de los
aprovechamientos de recursos de la sección B). Art. 23 al 36. Sección 1.ª Aguas minerales y termales
Capítulo
Primero.- De los recursos
Capítulo II.- Autorizaciones de aprovechamiento de recursos de la sección B)
Sección 2.ª Yacimientos de origen no natural
Sección 3.ª Estructuras subterráneas
Sección 4.ª Compatibilidad de aprovechamientos
Título V.- Regulación
de los aprovechamientos de la sección C). Art. 37 al 81. Sección 1.ª Normas generales
Capítulo
Primero.- Terrenos francos y terrenos registrables
Capítulo II.- Permisos de exploración
Capítulo III.- Permisos de investigación
Capítulo IV.- Explotación
Sección 2.ª Concesiones directas de explotación
Sección 3ª Concesiones de explotación derivadas de permisos de investigación
Título VI.- Terminación de expedientes y cancelación de inscripciones. Artículo 82.
Título VII.- Caducidades. Art. 83 al 88.
Título VIII.- Condiciones para ser titular de derechos mineros. Art. 89 al 93.
Título IX.- Transmisión de derechos mineros. Art. 94 al 101.
Título X.- Ocupación temporal y expropiación forzosa de terrenos. Art. 102 al 107.
Título XI.- Cotos mineros. Art. 108 al 111.
Título XII.- Establecimientos de beneficio. Art 112 al 113.
Título XIII.- Competencia administrativa y sanciones. Art. 114 al 121.
Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE núm. 278, de 21 de noviembre de 1980)